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Vuelve el impuesto a las transferencias desde entidades no bancarias

A través de un decreto publicado este sábado en el Boletín Oficial, el Presidente dispuso el regreso de un tributo que había sido eliminado en 2018, el cual volverá a aplicarse desde agosto

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A partir del 1 de agosto, las empresas deberán volver a pagar el Impuesto sobre los Créditos y Débitos bancarios, más conocido como “Impuesto al Cheque“, cuando realicen pagos y transferencias a través de entidades no bancarias. Es decir, desde aplicaciones móviles y billeteras virtuales, tales como Mercado Pago o Ualá.

Así lo dispuso el Gobierno a través del decreto 301/2021, publicado este sábado en el Boletín Oficial. De esta manera, restablece el pago de este impuesto que el gobierno de Mauricio Macri había eliminado en 2018.

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Al respecto, el Banco Central justificó que “existía un tratamiento impositivo desigual entre cuentas bancarias y no bancarias”.

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La entidad sostuvo que el objetivo es afianzar la inclusión financiera y “barrer los obstáculos que generan un acceso desigual a los servicios que proveen tanto las entidades bancarias tradicionales como las nuevas empresas fintech o proveedores de servicios de pagos, como son las entidades no bancarias que ofrecen ‘billeteras virtuales'”.

El decreto dispone que el tributo aplicará sólo para las personas jurídicas (empresas), aunque no abarcará a las micro y pequeñas empresas. Tampoco aplicará para las personas humanas. Al mismo tiempo, establece la excepción del pago del impuesto a monotributistas desde cuentas corrientes, que pasará del actual 0,25% al 0%.

El BCRA señaló que las cuentas virtuales pasarán a tener un tratamiento impositivo similar a una caja de ahorro cuanto el titular es una persona humana y similar a una cuenta corriente si es una persona jurídica. En ese marco, todas las exenciones y alícuotas especiales que rigen para el Impuesto al Cheque en las cuentas bancarias se aplicarán también para las cuentas no bancarias.

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Con esta medida, que venía siendo reclamada por el sector bancario por considerar que beneficia a las fintech, las transferencias no bancarias de las empresas abonarán la alícuota del mencionado impuesto, que es del seis por mil (6 ‰) para los créditos y del seis por mil (6 ‰) para los débitos, indica el decreto.

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