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Aprobaron la reforma de la ley de alquileres: cuáles son los puntos más importantes

El oficialismo consiguió esta madrugada los votos para modificar la normativa. Se mantiene la duración de contratos y la aplicación de la fórmula Casa Propia.

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APROBADO. Los diputados aprobaron la ley de alquileres con las modificaciones enviadas desde el Senado. FOTO TOMADA DE TWITTER.COM/DIPUTADOSAR
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Con 128 votos a favor y 114 en contra, la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto de reforma de la ley de alquileres, con los cambios incluidos por el Senado, y que habían sido impulsados por el Frente de Todos. Entre los puntos más importantes se destaca que los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual, como establecía la actual norma.

La iniciativa se aprobó con los votos que fueron aportados por el Frente de Todos, el Movimiento Popular Neuquino, dos de Identidad Bonaerense, dos socialistas, una de Córdoba Federal, uno de Juntos por Rio Negro, dos del Frente de la Concordia y cuatro de izquierda.

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Mientras tanto, el proyecto fue rechazado por el bloque de Juntos por el Cambio, los tres libertarios que responden a Javier Milei, uno de Juntos por Rio Negro, una de Identidad Bonaerense y uno de Córdoba Federal.

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La iniciativa fue aprobada después de las 5 de la madrugada en el marco de una sesión maratónica que se inició hoy a las 12.30. 

¿Qué dice la reforma de la ley de alquileres?

Con la sanción de este proyecto los contratos se mantienen en tres años los cuales deberán ser estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.

El Senado modificó además el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y estableció que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA”.

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En el último párrafo del artículo 9, el texto aprobado por el Senado incorporó además que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.

Mientras tanto, también se estableció que la “publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional”.

Por otra parte, se dispuso que los propietarios no paguen bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler y tampoco abonarán el impuesto al cheque, en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP.

Por último, el texto agrega que las “partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

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