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El fiscal kirchnerista Javier De Luca desistió de la apelación y por ahora Boudou no volverá a la cárcel

El ex vicepresidente goza de prisión domiciliaria pese a haber sido condenado en el caso Ciccone

Amado Boudou durante el inicio de uno de los juicios penales en su contra. (Matias Baglietto)
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El fiscal de la Cámara Federal de Casación Penal Javier De Luca desistió del pedido para que el ex vicepresidente Amado Boudou vuelva a la cárcel de Ezeiza por el caso Ciccone. De Luca no mantuvo la apelación que hizo el fiscal Marcelo Colombo en la que objetó la decisión por la cual Boudou recibió la prisión domiciliaria y pidió que sea revocada.

“Ello así, porque -como lo he sostenido inalteradamente en todos los casos similares- el recurso no se dirige contra una sentencia definitiva ni una resolución equiparable a tal, ni versa sobre algunas de las excepciones que la jurisprudencia de la Corte Suprema ha entendido que corresponde soslayar dicho requisito, como lo son los casos de gravedad institucional o causas en que se ventilan delitos de lesa humanidad”, sostuvo De Luca en su escrito que presentó hoy.

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Así, queda sin efecto la apelación del fiscal Colombo y por lo tanto firme la prisión domiciliaria de Boudou sin posibilidad de revisión.

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El juez del Tribunal Oral Federal 4 Daniel Obligado le otorgó el 6 de abril la prisión domiciliaria a Boudou en el caso Ciccone, por el que fue condenado a cinco años y 10 meses de prisión y que está apelado en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La defensa de Boudou había alegado un riesgo de contraer coronavirus, a pesar que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) no lo incluyó en los grupos de riesgo. El juez Obligado le dio la prisión domiciliaria porque el Covid-19 ″trastoca prácticamente todas las pautas de las relaciones interpersonales”. “Siendo que el grupo familiar de la compañera del encausado reside en México, y tiene dificultades para viajar por la enfermedad de su padre, a lo cual, ahora, cabría adicionar la prácticamente mundial prohibición de viajar. Boudou, a su vez, tiene dos hermanos, pero uno reside en el interior y con el otro no mantiene vínculo (lo cual surge del informe socio ambiental). En estas condiciones, el único sostén económico y emocional para los niños de dos años, resulta ser su madre”, dijo el magistrado para disponer que Boudou continúe su detención en su domicilio del barrio porteño de Barracas con una tobillera electrónica.

Quién también había pedido la prisión domiciliaria fue José María Nuñez Carmona. Socio y amigo de Boudou, Nuñez Carmona también condenado por el caso Ciccone y preso en Ezeiza no tuvo la misma suerte ya que su planteo fue rechazado.

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El fallo que le dio la domiciliaria a Boudou fue apelado por el fiscal Colombo porque entendió que se se fundó “arbitrariamente” y que fue una excepción frente a otros presos que sí son factor de riesgo ante el coronavirus.

El fiscal De Luca (Télam)
El fiscal De Luca (Télam)

“La decisión adoptada por VE al disponer una prisión domiciliaria en base al impacto que la Pandemia Covid-19 ha tenido en el grupo familiar del imputado y porque su pareja ‘resulta único sostén económico y emocional’ resulta tan arbitraria como impertinente, y alejada absolutamente de la circunstancias particulares del caso. Hay que decir además que la situación de quien resulta detenido y tiene familia a cargo trae siempre como inevitable (y lamentable) consecuencia asociada la afectación de su núcleo familiar en términos económicos y emocionales, más allá de cualquier virus que circunde o no”, sostuvo Colombo que además objetó que Obligado no le haya requerido opinión antes de resolver, lo que es una obligación legal.

El caso llegó a Casación. Como toda apelación de un fiscal debe contar con el aval de su colega de Casación. Pero en este caso De Luca no compartió el criterio. Dijo que no opinaba sobre el fondo de la decisión -si la prisión domiciliaria estaba bien o mal otorgada- porque antes de eso había motivos para no continuar con el trámite. “Mi dictamen se queda en la puerta de ello, no abro juicio de valor alguno sobre la resolución del juez de ejecución, porque advierto que no existen en el caso los requisitos previos de procedencia del recurso de casación”, explicó.

El fiscal sostuvo que la prisión domiciliaria “no satisface el requisito de ser una resolución equiparable a sentencia definitiva”, por lo tanto no es un tema para que Casación intervenga. También explicó que “no causa un gravamen irreparable a este Ministerio Público Fiscal” porque el año pasado el fiscal Colombo había dictaminado a favor de la excarcelación de Boudou porque la condena no estaba firme y que esa postura es una “medida que es menos restrictiva de la libertad que un arresto domiciliario”.

“La prisión preventiva no cesó, sino que su efectividad fue morigerada por la modalidad de arresto domiciliario, agregó en el dictamen.

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