Boleto Gratuito

Empeoró la situación penal de la niñera del bebé de 10 meses que murió ahogado en barrio Norte

Ayer jueves, el Ministerio Público Fiscal reformuló los cargos a la niñera acusada por el delito de abandono de persona agravado por el resultado del fallecimiento de la víctima, un niño de diez meses de edad.

mpf
Ministerio Público Fiscal de Tucumán
Descacharreo

El día 9 de junio del corriente año, entre las 09:30 y 10:00 horas, la acusada se encontraba al cuidado exclusivo del menor, en el domicilio ubicado en calle Monteagudo al 200 de San Miguel de Tucumán. Cabe recordar que la imputada procede a bañar a la criatura, colocándola en el interior de una bañera con agua.

Aun a sabiendas acerca de lo riesgoso de la situación para un bebé de tan solo diez meses de vida, que no puede valerse por sí mismo, lo dejó solo, retirándose del baño y dirigiéndose a otro espacio del departamento. Esto generó que el menor se ahogara, debido a lo cual fue internado en el Hospital del Niño Jesús donde falleció el pasado 28 de julio producto de una asfixia por inmersión y paro cardiorrespiratorio.

Fumigación y Limpieza

En base a la investigación de los hechos, la auxiliar de fiscal Carlos Sale, Luz Becerra, solicitó la prórroga de la prisión preventiva por otros dos meses, fundamentada en la debilidad del arraigo y los riesgos de fuga de la acusada. “Por el fallecimiento, cambia la situación legal y por este hecho (cuya escala penal va desde 5 y hasta los 15 años de prisión) no sería de cumplimiento condicional”, relató Becerra.

Movilidad Urbana

La representante de la Fiscalía, detalló las medidas pendientes para la investigación de la causa. Si bien existe un informe preliminar de autopsia (asfixia por inmersión y paro cardiorrespiratorio) elaborado por el Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF), faltan los resultados de anatomopatología del cuerpo; el análisis de los datos del teléfono de la mujer (extracción UFED); el informe médico del pediatra forense (sobre la motricidad del bebé y el tiempo suficiente para que se produzca la asfixia por inmersión) y la declaración del facultativo que intervino en las maniobras de reanimación cuando llegó al hospital.

Dejanos tu Comentario