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Rechazaron un pedido para que la Corte intervenga en una causa por la candidatura de Manzur

El partido CREO reclamó que se le ordene a la Junta Electoral que no inscriba la candidatura del jefe de Gabinete hasta tanto haya una sentencia definitiva.

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El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, rechazó este viernes una presentación del partido CREO para que la Corte Suprema de Justicia intervenga en una causa para que Juan Manzur no pueda ser candidato a vicegobernador en los comicios del próximo año.

El máximo tribunal de Tucumán habilitó al jefe de Gabinete por tres votos contra dos al analizar el artículo 90 de la Constitución provincial que establece solo una reelección.

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Según consignó el sitio Infobae.com, CREO se presentó directamente en la Corte y reclamó que se le orden a la Junta Electoral de Tucumán que no inscriba la candidatura de Manzur hasta tanto haya una sentencia definitiva. 

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Explicó que a su criterio con la habilitación a Manzur “se alterara el espíritu de la disposición contenida en el art. 90 de la Constitución local – que es contrario a la reelección indefinida del gobernador y del vicegobernador-, pues permitiría que ambos se alternaran recíprocamente en el poder de manera indefinida, ya que si se admitiera que el gobernador reelecto fuera candidato a vicegobernador, bastaría con que dejara transcurrir ese período como vicegobernador para luego ser nuevamente candidato a gobernador”.

En su dictamen, Casal señaló que el caso es similar a otros que ya trató la Corte Suprema de Justicia en los que se reclamaba la intervención del máximo tribunal en disputas electorales de provincias. 

“Por lo allí expuesto y dada la índole taxativa de la competencia prevista en el art. 117 de la Constitución Nacional y su imposibilidad de ser extendida por persona o poder alguno, opino que el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal”, sostuvo.

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Sin embargo, el procurador deja abierta la posibilidad de que los jueces Horacio RosattiJuan Carlos MaquedaRicardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz pueden intervenir. 

Casal señaló que por las causas que el partido opositor enumeró en su presentación y “toda vez que esa Corte es el intérprete máximo y final de sus propios dichos y decisiones, de considerar V.E. que en autos se configuran las extremas circunstancias allí evaluadas (relacionadas, en especial, con el sistema republicano de gobierno y la alegada violación del art. 5° de la CN), podría decidir la intervención procesal que considere pertinente”.

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