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Ariel García: “Dentro de la Constitución nacional, todo; fuera de ella, nada”

“El valor de una Constitución nacional” fue el título y el eje alrededor del cual se desarrolló la XIIIª clase de la Escuela de Gobierno y Formación de Políticas Públicas, el espacio de capacitación para el Norte Grande impulsado por la Organización para el Desarrollo Sustentable (ODS).

Escuela de gobierno Ariel García
Descacharreo

En la ocasión, disertó la directora de la carrera de la licenciatura en Ciencias Sociales de la Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino, la politóloga Lorena Sarverry. En un segmento, proyectó sobre una pantalla la conformación de las Cámaras del Congreso nacional, tras los comicios del 22 de octubre, para mostrar que el presidente electo, Javier Milei, estará obligado a dialogar, debido a que su espacio obtuvo un número minoritario de bancas.
“Al tener una escasa representación parlamentaria, el presidente deberá hacer muchos esfuerzos para lograr consensos. Porque justamente en el Congreso está el equilibrio constitucional. Si no, le resultará muy complicada la gobernabilidad”, dijo Sarverry.
El director Ejecutivo de la ODS, el politólogo Ariel García, remarcó la importancia de la Carta Magna. “Los derechos y garantías establecidos claramente en la Constitución y en los tratados internacionales con jerarquía constitucional serán el continente que establecerá los equilibrios en la República Argentina al Gobierno que inicia el próximo 10 de Diciembre”, señaló.
Arengó a los participantes -un número importante entre asistentes presenciales y remotos- a custodiar los valores constitucionales. “Como ciudadanos nacidos en la tierra de Juan Bautista Alberdi debemos darle la seguridad jurídica al pueblo, de que la madre de leyes es la verdadera garantía para la tranquilidad de todos”, afirmó.

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Dejó en claro que cualquier negociación por parte del presidente debe darse en el marco que brinda la Carta Magna. “Dentro de la Constitución nacional, todo; fuera de ella, nada”, aseveró. Y a modo de cierre, citó, precisamente, el artículo 29 de la Constitución: “El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional (…) facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria”.

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