Vacunación Dengue

La Junta Electoral de Tucumán realizará una investigación sobre la ausencia de presidentes de mesa

Carlos Amaya informó cuáles son las penas que pueden afrontar quiénes faltaron al deber público irrenunciable, según lo establece el Código Electoral Nacional

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Junta Electoral Provincial
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En un comunicado de prensa, el cual fue emitido oportunamente en la jornada de ayer, la Junta Electoral Provincial afirma que la demora en la apertura de los comicios se debe a dos motivos principales: la gran cantidad de fiscales que debían ser registrados y la ausencia de algunas autoridades de mesa.

Los cuales, a pesar de haber sido notificadas, renotificadas y capacitadas por la Junta Electoral, no asistieron a cumplir con su obligación que es una carga pública. En ese sentido, el vocero de la Junta Electoral, Carlos Amaya afirmó que desde el organismo se va a llevar a cabo una investigación.

Asistencia Pública

El objetivo será saber los motivos del ausentismo que se dio en varios sectores de la provincia. Las sanciones para este delito varían desde los tres meses a los dos años de prisión, según establece el artículo 132 del Código Electoral Nacional. La designación de autoridades de comicios es un deber público irrenunciable.

Cumplimos

Y los únicos motivos por los que una persona designada como autoridad de mesa puede excusarse son razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificadas y notificadas dentro de los tres días hábiles posteriores a la notificación. Pasado ese plazo solo podrán excusarse por causas sobre vinientes, las que serán objeto de consideración especial por la junta.

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